ACUERDO MARCO DE INVESTIGACIÓN

ENTRE

CGT Engineering srl – Laboratorio Conjunto para la GeotecnologÍa Aplicada al Ambiente. Universidad de Siena

representada por su Presidente Dr. Filippo Bonciani y por el Director Técnico Prof. Eros Aiello, con sede legal en calle Vezzosi,15 – 52100 Arezzo (IT).

Y

S.C. Engsoft SRL (propietaria de la mara GEOSTRU)

representada por su Administrador Único Dr. ing. Filippo Catanzariti, con sede en calle Sarmisegetusa, 19-21, Spaz. Com. 1 Cluj Napoca (RO).

 

DADO QUE

– desde hace años el CGT Engineering srl efectúa estudios, investigaciones y proyectos relacionados con la estructura geológica, geomorfológica, geotécnica, sísmica, estructural y ambiental mediante el uso de software avanzados en dichos campos, tal como se documenta en varias publicaciones de trabajos que se han llevado a cabo;
– S.C. Engsoft SRL ha desarrollado sistemas avanzados de software y tiene interés en incentivar la adquisición de conocimientos en geología, geomorfología, geotecnia y sísmica aplicadas y los conocimientos en ingeniería estructural finalizados a la identificación y definición de los múltiples tipos de riesgo, en relación a las normas nacionales e internacionales existentes y futuras para la construcción, con el utilizo de los software dedicados ya existentes, a actualizar o a ampliar, o a proyectar desde cero;
– el desempeño de la actividad objeto de este acto es de interés de ambas partes por las funciones que desempeñan y por los respectivos intereses que persiguen, con la consecuencia de un fructífero aporte de ambas, incluso con fines educativos;

SE CONVIENE Y SE ESTIPULA CUANTO SIGUE

Art. 1= Objeto del Acuerdo

CGT Engineering srl y Engsoft SRL (propietaria de la marca GEOSTRU) se comprometen a realizar conjuntamente investigaciones cuyo objeto sea el siguiente: “Adquirir conocimientos de geología, geomorfología, geotecnia y sísmica aplicadas y análisis estructurales dirigidos a la identificación y definición de  variados tipos de riesgo, con relación a las normas nacionales e internacionales existentes y futuras para la construcción, con el utilizo de los software dedicados ya existentes, a actualizar o a ampliar, o a proyectar desde cero. Durante el curso de la investigación y con relación a la evolución de la misma, se podrá acordar, entre los responsables científicos, actualizaciones en la planificación de los detalles de las actividades, siempre dentro de los límites del programa de investigación. El programa de investigación será conducido conjuntamente por el personal de CGT Engineering srl y Engsoft SRL para la consecución de los respectivos objetivos comunes.

Art. 2= Responsables

Responsables Científicos de la investigación por CGT Engineering srl …..

Art. 3= Productos

CGT Engineering srl y Engsoft SRL al final del estudio, renovable tácitamente de año en año, desarrollarán juntamente publicaciones científicas….

Art. 4= Propiedad de los resultados

Los resultados de las investigaciones son co-propiedad de CGT Engineering srl y Engsoft SRL en cuanto a los fines de investigación científica, que se presentarán en revistas nacionales o internacionales, congresos, seminarios o similares, mencionando expresamente el convenio en el que se realizó el trabajo de investigación.

CGT Engineering srl debe mantener reservados los datos, información, diseños y otras propiedades de Engsoft SRL, que eventualmente hayan sido puestos a disposición de CGT Engineering srl para el desarrollo de la investigación.

Art. 5= Duración del contrato

La investigación tendrá una duración…

Art. 6= Costos

En relación al desarrollo pleno de la investigación y en el contexto de la participación colaborativa, con un propósito común, las partes correrán con sus propios gastos sin sobrecargar a la otra. En caso de eventos como conferencias y/o congresos, se estipulará un acuerdo en cada caso. 

 

Art. 7= Movilidad del personal entre los contratantes 

Salvo los casos,….